Horario: 7:30 - 15:00h

Convenio Auto-Taxis

Seguro de Accidentes Profesionales

Cobertura en cualquier tipo de accidente del Convenio Nacional del Sector de Auto Taxis

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Responsable
UNION ESPAÑOLA DE CONDUCTORES DE AUTOMÓVILES (UECA).

Finalidad
Atender la solicitud o consulta formulada por el interesado.
Remisión de comunicaciones comerciales, tanto propias de UECA como de UECA PLUS y de las empresas con las que esta mantiene acuerdos de colaboración.

Derechos
En las condiciones legales, tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, a la limitación de su tratamiento, a oponerse al mismo y a su portabilidad.

Información adicional
Puede consultar la información adicional y detallada sobre la Política de protección de datos en este link.

Acepto el envío de comunicaciones comerciales tanto de UECA como de UECAPLUS, S.L. y sus entidades colaboradoras. Ver información adicional.

Póliza en cumplimiento del Artículo 37 del Convenio Nacional del Sector de Auto Taxis Resolución de 27 de abril de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo nacional para el sector de auto-taxis.

Precio Seguro de accidentes profesionales

Cuota

37,26 /Año

Muerte 45.000 €
Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo* 45.000€
Invalidez Permanente Total para su profesión habitual* 35.000€

*Nota: Dichas cantidades las cobrarán los beneficiarios de las víctimas o los accidentados,
según las normas de la Seguridad Social, o aquel beneficiario que expresamente designe el titular del seguro.

SOLICITUD DE SUBSIDIOS (DOCUMENTACIÓN NECESARIA)

Editar el contenido
  • Certificación emitida por el órgano correspondiente de la Seguridad Social.
  • Cualquier informe que pudiera ser necesario para determinar las causas concretas de la incapacidad, fallecimiento o la identidad de los beneficiarios.
Editar el contenido
  • Certificación Literal de Defunción.
  • Certificación del Registro General de Actos de Últimas Voluntades (si existiera testamento del asegurado, copia del mismo, o Auto Judicial o Acta Notarial de declaración de Herederos).
  • Carta de Pago o Exención del Impuesto General sobre Sucesiones, cumplimentada por la Delegación de Hacienda.
  • Documento que acredite la personalidad de los beneficiarios: DNI, NIF y Libro de Familia.
  • Cualquier informe que pudiera ser necesario para determinar las causas concretas del fallecimiento.

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