¿Cuál es la velocidad a la que hay que conducir en ciudad?
Para todos aquellos que llevamos un tiempo conduciendo, tenemos muy asumido que el límite de velocidad para conducir en ciudad es 50 Km/h. Sin embargo, desde 2021, con la implantación del RD 970/2020 tiene una serie de matices que nos pueden suponer multas inesperadas.
¿Puedo conducir a 50 Km/h en todo el casco urbano?
La respuesta es NO. Desde que entra en vigor la modificación del Reglamento General de Circulación en relación con los límites de velocidad en vías urbanas y travesías, ya no se aplica esta limitación en todas las vías urbanas.
El artículo 1.2 del RD que modifica el artículo 50 del Reglamento General de Circulación tipifica diferentes categorías de vías urbanas y les otorga distintos límites de velocidad
¿Cuáles son los diferentes límites de velocidad para conducir en ciudad?
Limitación a 20 km/h
Esta velocidad se aplica a vías donde acera y calzada se encuentren a la misma altura. Esto aplica, por ejemplo, a muchas de las calles que se encuentran dentro del centro urbano de Madrid englobadas en la denominada ZBEDEP en el distrito centro de la ciudad.
Así que cuando tengas que conducir en ciudad y entres en esta zona de bajas emisiones, además de preocuparte por tener la etiqueta medioambiental adecuada, deberás prestar especial atención a este tipo de configuración de vía para adecuar tu velocidad al nuevo límite.
Limitación a 30 km/h
Este límite aplica a las vías con un único carril por sentido de circulación. Afecta a la mayoría de calles de las ciudades dentro del territorio nacional. Hay que tener en cuenta que para esta distinción, los carriles bus no cuentan. Así que una vía con un carril de vehículos y otro de carril bus contará como vía de un solo carril y habrá que limitar nuestra velocidad a 30 km/h a menos que exista señalización que indique lo contrario.
Por ello, muchas vías denominadas como Avenidas cumplen estas características y pueden dar a error, convirtiéndose en un punto donde nos podemos confiar fácilmente dada su amplitud, trazado habitualmente recto y perfecta visibilidad. Convirtiéndose en puntos que aproveche la administración para “hacer caja”.
Limitación a 50 km
La limitación tradicional, que se aplicaba antes al conducir en ciudad, ahora queda reservada para las vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
Así que debes recordar que la antigua normativa ya no está vigente y debes andar con cuidado para evitar accidentes o sanciones en estas vías cuando conduces en la ciudad.
Desde UECA te animamos a que tomes todas las precauciones necesarias para evitar malentendidos, pero recuerda que contamos con un servicio de defensa jurídica que te ayuda a recurrir las multas y sanciones administrativas así como cubrir tus gastos de representación legal con abogado y abogado y procurador, ayuda económica por retirada temporal de carnet, recuperación de puntos y mucho más. Solicita más información aquí.